El Gobierno publicó a principios de abril el Real Decreto 233/2013 (regula el plan estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016). El objetivo de dicha norma es el de promover el alquiler de viviendas y… facilitar una vivienda digna a los colectivos más desfavorecidos… (teniendo en cuenta cómo “gestionan” el drama de los desahucios, como mínimo suena de lo más hipócrita).
Bueno… el plan todavía no está funcionando; se espera que este verano lo pongan en práctica y las ayudas para el alquiler (40% del alquiler de la vivienda) comiencen a estar disponibles para los beneficiarios. Ya veremos… asimismo, para acceder a ellas hay que cumplir las siguientes limitaciones básicas:
– Ser titular de un contrato de arrendamiento de vivienda formalizado legalmente entre inquilino y arrendatario. La vivienda tendrá que ser residencia habitual y permanente.
– Los ingresos de la unidad familiar que habite o vaya a habitar en la vivienda objeto de alquiler no podrán superar los límites legales: tres veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). Es decir, 3 × 532,51= 1597,53 euros.
– La cuantía de la ayuda será como máximo el 40% del precio del alquiler. En ningún caso esta podrá superar los 2.400 euros anuales (200 euros al mes).
– El importe de la renta no superará los 600 euros mensuales.
Hay más limitaciones para el acceso a la ayuda (se recomienda echar un ojo al Plan completo). Tenéis más información del asunto en actibva.com. Aunque todo está todavía en el aire, no lo perderemos de vista.