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Sorteo de viviendas de protección oficial. Demasiados números en el bombo…(fuente : 20 minutos)
Menuda indignación la que se ha producido con esta noticia. Acabo de verlo en meneame.net, y la gente está que arde. Copio y pego el texto que han publicado :
“La familia de Ramón Calderón es una familia con suerte. Sus tres hijos tuvieron la fortuna de ser agraciados con unos áticos de nueva construcción protegidos por la Comunidad de Madrid. Unas viviendas que les salieron por poco más de 100.000 euros, cuatro veces menos que su precio en el mercado, y que, curiosamente, fueron asignadas por la promotora Martinsa, propiedad de Fernando Martín, otro hombre que fue, durante unos meses, presidente del Real Madrid. Mientras, más de 200.000 jóvenes esperan en Madrid ayudas para la vivienda.”
Bueno, todo el mundo se pregunta cómo es posible que los hijos de un millonetis puedan acceder a una vivienda protegida. No hay que sorprenderse, porque puede ser ¡¡perfectamente legal!!. Vamos a reflexionar sobre todo esto :
- Martinsa es una promotora inmobiliaria que se ha forrado en los PAUS del norte de Madrid (Montecarmelo, Las Tablas…) con la venta de vivienda libre. También ha promovido vivienda de protección oficial, aunque en este tipo de vivienda los márgenes son muchísimo más ajustados (ya que el precio de venta no puede superar por ley un módulo), y si no hay un estricto control de costes, la promoción puede incurrir en pérdidas. El caso es que las han construido (probablemente sin mucho entusiasmo).
- ¿Quién puede acceder a una vivienda protegida en la Comunidad de Madrid? Los requisitos son los siguientes :
- Tener unos ingresos familiares inferiores a 7,5 veces el IPREM.
- No ser titular de una vivienda sujeta a régimen de protección en todo el territorio nacional.
- No ser titular de una vivienda libre en la Comunidad de Madrid cuyo valor, determinado según el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) no exceda del 40% (60% para familias numerosa) del Precio Máximo Total de Venta de la vivienda a adquirir.
- Destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente de sus ocupantes legales.
¡¡Vaya!! Realmente no es difícil que u@ hij@ de un personaje de éstos cumpla los requisitos. Papi sólo tiene que contratarle en una de sus empresas con un sueldo bruto por debajo del límite (y el resto en negro…jeje). En cuanto a propiedades, el requisito es muy flexible…se puede tener cuatro apartamentos en Marbella donados por papá (vivienda libre fuera de Madrid) y no pasa ni mú. ¡¡Incluso se puede ser titular de nuda propiedad de un piso en la Castellana y tampoco pasa nada!! Una práctica muy común en la gente de pasta es donar a l@s hij@s la nuda propiedad de bienes inmuebles por motivos fiscales, pero como no supone la libre disposición de dichos bienes (puesto que no se ha transmitido el usufructo), no se considera titularidad de vivienda a los efectos de los requisitos para acceder a una viv. protegida.
- Volvemos a Martinsa. ¿A quién venden las viviendas protegidas? Pues a quien les salga de los cataplines, siempre que cumplan los requisitos anteriores. Normalmente se destinan a emplead@s, hij@s de emplead@s…y a compromisos que tienen l@s directiv@s con terceras personas (clientes importantes, directiv@s de otras compañías, polític@s, funcionari@s con cierto poder, etc…). Evidentemente, el reservar los áticos a los hijos del presidente del R. Madrid tiene una finalidad muy política…más claro…
El resultado de este desaguisado es que un bien escaso (la vivienda de protección oficial), termina en manos de quien realmente no lo necesita, pues una compañía privada decide en último término a quién se adjudica. Cuando es un ayuntamiento (por ejemplo) quien promueve, se tienen en cuenta otros requisitos añadidos para adjudicar las casas : mínimo de años de empadronamiento, número de miembros de la unidad familiar, edad máxima…etc. Hecho el filtro de demandantes se procedería a un dramático sorteo, ya que l@s candidat@s son legión (no es descabellado ver 30-50 por cada vivienda).
Posibles soluciones que se me ocurren :
Obligar legalmente al promotor privado a vender el suelo destinado a vivienda protegida a una cooperativa (a precio de módulo).
…o que sea el ayuntamiento el que gestione el proceso de la adjudicación, siguiendo los criterios sociales típicos a la hora de hacer el filtro de demandantes. Todo lo demás (construcción, venta, entrega…) seguiría en manos del promotor privado.
¿Se os ocurren más soluciones?